Ocurre a veces con las personas que no están en contacto con el mundo del derecho o con los procedimientos judiciales que tienden a confundir o igualar dos figuras claves del Derecho Español, como son el abogado y el procurador. Para intentar diferenciar claramente las funciones de cada una de estas dos ramas del Derecho vamos primeramente a intentar a precisar y definir qué funciones ocupan a cada uno de estos dos profesionales, veamos:
- Es la figura jurídica encargada de la representación del cliente ante los tribunales, es por tanto el encargado de seguir todo el proceso y estar pendiente de todos los pasos que haya que realizar, teniendo informados tanto al abogado como al cliente. Es el responsable de todas las tramitaciones necesarias, recibe y firma los emplazamientos, notificaciones, citaciones, asiste a todas las diligencias, presenta los escritos de los abogados, transmite al abogado todos los documentos e instrucciones recibidos, paga los gastos que se generen a instancias del cliente, etc. La figura del procurador es obligatoria en todos aquellos procedimientos que se desarrollen por la vía penal y obligatoria, salvo algunas excepciones, en los procedimientos de la jurisdicción civil, no siendo necesaria en los procedimientos laborales. En este sentido, si vosotros necesitáis una persona de estas características, nosotros os recomendamos a la procuradora María Luisa Velasco Vicario, ya que viene desarrollando su ejercicio profesional desde el año 1995 con una atención profesional y ágil en los procedimientos, basada en una comunicación continua y fluida con letrados y clientes, ofreciendo así la mejor calidad y servicio a cada uno de sus clientes.
- El abogado es el profesional que se encarga de la defensa del cliente en los procedimientos judiciales y que le asiste como asesor y representante en la defensa de sus derechos e intereses frente a otros particulares, organismos públicos, entidades privadas, sociedades, etc. Se encarga, asimismo, de estudiar y diseñar la estrategia de defensa que deberá seguir su cliente para intentar favorecer que el juez dicte sentencia a favor de su defendido, interrogará a los testigos, deberá preparar la documentación necesaria y aportar las pruebas, indicios, etc. de las que se quiera valer y apoyar su defensa durante el juicio. Actualmente la profesión de abogado no se limita solamente a la defensa de su cliente ante los tribunales, sino más bien que se encamina hacia una especialización de tipo técnico muy polivalente, puesto que su asesoramiento e intermediación puede abarcar áreas y temáticas muy dispares como:
- En el área civil todo tipo de redacción de testamentos, declaración de herederos sin testamento, particiones hereditarias, mediación en conflictos familiares, capitulaciones matrimoniales, separación de bienes, tutelas, curatelas, incapacitaciones…
- En el área mercantil, todo tipo de asesoramiento e intermediación de todo tipo de operaciones inmobiliarias como compraventas, arrendamientos de fincas urbanas o rústicas, preparación de contratos, desalojos…
- Reclamación por accidente de tráfico, a organismos públicos, entre particulares y en general cualquier tipo de escrito o reclamación, así como formulación de alegaciones, recursos…
- En el área fiscal, todo tipo de asesoramiento fiscal, presentación y declaración de todo tipo de obligaciones fiscales como IVA, Impuesto de Sociedades… recursos contra la hacienda pública…
- En el área laboral, asesoramiento en la realización de contratos laborales, gestión de salarios, convenios colectivos, condiciones de trabajo, despidos, mediación en conflictos empresariales, expedientes de regulación de empleo, gestión de pensiones…
Pero para poder llegar a ejercer ambas profesiones es imprescindible tener los estudios necesarios para ejercer como abogado y procurador. Ambas figuras jurídicas tienen la misma base de estudios, ya que ambos deben estar en posesión de la Licenciatura o Grado en Derecho, si bien para ejercer de manera profesional cada una de ellas es necesario también estar en posesión de una formación más específica, que será, en el caso del abogado, el máster de acceso a la abogacía, y, en el caso del procurador, el máster de acceso a la procura, por lo que de entrada vemos ya cómo el ejercicio de sus actuaciones está delimitado en función del máster de acceso o especialización que hayan realizado.
Para ejercer ambas profesiones, cada profesional debe estar colegiado en el Colegio Profesional correspondiente donde se encuentre su despacho principal y prestar juramento o promesa ante el órgano que le corresponda de cumplir con el Código Deontológico.
Otras profesiones derivadas del Derecho
Otros profesionales vinculados al Derecho son:
- Es la persona responsable de juzgar y dictar sentencia en un tribunal.
- Es un escalafón superior dentro de los jueces, al que se accede por antigüedad, por lo que todos los magistrados son jueces, pero no todos los jueces son magistrados.
- Es el encargado en un proceso de ejercer la acción penal pública y dirigir la investigación criminal.